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miércoles, 15 de junio de 2011

PSICOLOGIA… continuación.- conclusión.


Con los organismos genéticamente modificados sin duda alguna se han abierto un sinfín de posibilidades para el ser humano que incluyen so desarrollo tanto económico como también el bienestar de las masas (en el aspecto de los costos de los productos y la gran producción que estos tienen). Sin embargo también es cierto que con todo este desarrollo ocurren ciertas dificultades con los organismos gubernamentales, puesto que las personas también quieren saber de que tan alta calidad son los productos que están consumiendo, y si estos podrían tener alguna repercusión que pueda manifestarse a largo plazo o de forma abrupta. Motivo de mucha polémica.


Biología…continuación.- conclusión.


Muy cierto que los alimentos transgénicos requieren de un laborioso trabajo de investigación y un complicado proceso, puesto que se tiene que retirar el gen que se desea insertar en el otro elemento (una planta) para poder desarrollar una nueva generación de productos con las características deseadas.


El propósito de los OMG, es crear organismos nuevos desde cero.


El lado oscuro de la producción de estos organismos es que en muchas y muy variadas instancias se pueden utilizar como armas, como propagadores de virus, y organismos artificiales que pueden representar un gran peligro para la sociedad y para la naturaleza. “el peligro no es solamente bio-terror, sino bio-error”.


¿El producto de productos transgénicos tiene consecuencias nocivas en nuestra salud? Si tienen consecuencias nocivas en nuestra salud, por que a largo plazo estos pueden causar alergias y resistencia a antibióticos los cuales nos ayudan a mejorar nuestra salud.


Hasta ahorita el riesgo que ha sido comprobado son las alergias. Pues los productos que nos causan un daño muy grande es el maíz, soja, arroz, y trigo por que estos contienen el pesticida más grande que existe en el mundo, este pesticida se llama Roundup y este ocasiona que nuestras células, las células humanas, se mueran inmediatamente.



Derecho… continuación.- segunda parte.


Pedido de prohibición


El Comité Nacional de Derecho a la Vida de Estados Unidos (National Right to Life Committee) señaló a través de su departamento legal, que la "investigación" realizada por la empresa norteamericana hace evidente la necesidad de una ley federal que prohíba toda clonación humana. "Esta corporación está creando embriones humanos con el solo propósito de matarlos y cosechar sus células, explicó el director de asuntos legales de la organización, Douglas Johnson.


EJEMPLO 1…


LICENCIA AMBIENTAL - Requisitos para su expedición por el ICA.ORGANISMO TRANSGENICO - Concepto. Regulación para su importación, OMG - Concepto. BIOSEGURIDAD - No es posible aceptar la homologación automática de controles adoptados por otros países. PROTOCOLO DE CARTAGENA - Biodiversidad: ICA - Autoridad competente para expedir permiso para importación,


La ley 740 de 2002, es la ley aplicable en Colombia a la transferencia, manipulación y utilización de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. El Gobierno podrá, en uso de su potestad constitucional, reglamentar los artículos 291, 301 del decreto ley 2811 de 1974, 65 de la ley 101 de 1993, en concordancia con la ley 740 de 2002, ajustar los reglamentos que establecen el procedimiento especial que debe surtirse ante el Instituto Colombiano Agropecuario, para autorizar la transferencia, manipulación y utilización segura de los organismos vivos resultantes de la biotecnología, entre los cuales se encuentran los de uso agrícola. De acuerdo con lo expuesto, para la importación, producción, y venta de las semillas transgénicas, no se requiere de licencia ambiental sino de la autorización expedida por el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, en aplicación de los artículos 291, 301 del decreto ley 2811 de 1974, 65 de la ley 101 de 1993 y la ley 740 de 2002. Esta última exige la evaluación de riesgos, que consiste en un análisis científico, exhaustivo, coherente y responsable que tenga en cuenta el ecosistema receptor y por supuesto su impacto frente a la biodiversidad y la salud humana; evaluación que deberá materializar los principios de eficacia y transparencia, precaución, evaluación paso a paso y caso a caso, información y publicidad, y responsabilidad, para cada planta y semilla transgénica que se pretenda introducir al país.Read more: http://consejo-estado.vlex.com.co/vid/-52535402#ixzz1PINwec38



EJEMPLO 2


Las implicaciones jurídicas de los alimentos transgénicos en Colombia demuestran que es necesario que se establezca un marco legal de Bioseguridad sólido. Es imperativo que la autoridad medio-ambiental, entendiendo por ésta no sólo el Ministerio del Medio Ambiente sino también, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Agricultura, el ICA y el INVIMA, desarrollen una política integral de Bioseguridad y Biotecnología, y como consecuencia de ello presenten cuanto antes un proyecto de Ley Marco que se encargue de regular la Biotecnología en Colombia. Read more: http://doctrina.vlex.com.co/vid/implicaciones-alimentos-transgenicos-51761110#ixzz1PINAkeIL


Consultar: http://www.eluniversal.com.mx/finanzas/59316.html


estadistica...continuacion.-


de acuerdo con la estdistica en nuestro pais


los cultivos de alimentos transgenicos en el 2002 son los siguientes:


soya: 90%


maiz: 25%


algodon: 1.2%


y los cultivos provenientes de la naturaleza convencional son:


soya: 9%


maiz: 70%


y en cuanto a el algodon: no se tienen datos.


esto de mustra sin duda que el crecimiento de los transgenicos es muy elevado y


oviamente que la mayoria de la poblacion consume estos tipos de alimentos (OMG).

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